Estos son algunos consejos que desde Foro Norte te queremos dar para ahorrar en la Declaración de la Renta de este año 2018:
Si eres propietario y tienes previsto alquilar un piso, recuerda que si se utiliza como vivienda, y no como oficina, hay derecho a una reducción del rendimiento neto obtenido del 60%.
Si te has desplazado al extranjero por motivos laborales sin perder tu residencia fiscal en España, ten presente que puede que los rendimientos que hayas percibido por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, gocen de exención con un límite máximo de 100 € anuales, cuando cumplan determinados requisitos.
Si tienes una empresa o eres autónomo y te desplazas por motivos de trabajo fuera del domicilio de tu actividad, puedes deducirte, a partir del ejercicio 2018, los gastos de manutención en los que incurre el contribuyente en el desarrollo de su actividad, siempre que, además de tener relación directa con ella, se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con el límite diario de las mismas cuantías establecidas para las dietas exceptuadas de gravamen para trabajadores por cuenta ajena (Con carácter general 26,67 € diarios si el gasto se produce en España o 48,08 € si es en el extranjero. Si, además, como consecuencia del desplazamiento se pernocta, los límites ascenderían a 53,34 € y 91,35 € respectivamente).
Si determinas el rendimiento neto de tu actividad económica por el régimen de estimación objetiva y deseas renunciar a él o revocar su renuncia para 2019, podrás hacerlo desde que se publique en el BOE la Orden que aprueba los módulos para 2019 hasta el 31 de diciembre de 2018 (a través de la Declaración Censal). Es ahora por tanto, el momento de comparar tus resultados en estimación directa y en estimación objetiva.
Si obtienes rendimientos por actividades económicas y determinas su rendimiento en estimación directa, normal o simplificada, son gastos deducible las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente para su cobertura y la de su cónyuge o hijos menores de 25 años que convivan con él, con el límite de 500 € anuales por cada una de las personas y de 1500 € en el caso de que el contribuyente, su cónyuge o hijos menores sean discapacitados.
Si obtienes rendimientos por actividades económicas que llevas a cabo en tu propio domicilio, y determinas su rendimiento en estimación directa, recuerda que podrás considerar gasto deducible aquellos derivados de la titularidad de la vivienda (como amortizaciones, el IBI, los intereses, el seguro..) en función de los metros cuadrados destinados a la actividad en proporción a los de la vivienda y desde el 1 de enero de 2018, también los gastos de suministros de dicha vivienda, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
Si tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo y vas a iniciar una actividad profesional como trabajador autónomo o como socio trabajador de una cooperativa de trabaja asociado o sociedad laboral, te conviene solicitar el cobro de la prestación en la modalidad de pago único. De este modo no tributarás por ella, siempre que no ceses en la actividad iniciada durante los 5 años siguientes o mantengas las acciones o participaciones durante el mismo plazo.
Si te han despedido de tu empresa y la indemnización ha estado exenta,(si es obligatoria, no tributa hasta el límite de 180.000€) ten presente que si en el plazo de tres años vuelves a ser contratado por la misma empresa o por otra vinculada a ella, pierdes la exención y debes presentar declaración complementaria incluyendo el importe de la indemnización.
Has de saber que se ha incrementado en 1.000 euros la deducción por maternidad cuando el contribuyente satisfaga en el periodo impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados, entendiéndose por tales las cantidades satisfechas por la preinscripción y matrícula, la asistencia, horario general y ampliado, y la alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos y no tengan la consideración de rendimientos en especie exentos.
Se ha ampliado desde el 5 de julio de 2018 la cuantía de la deducción por familia numerosa y se ha hecho se hace extensiva la deducción por personas con discapacidad a cargo, a los contribuyentes con un cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tengan rentas anuales, incluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, de hasta 1.200 euros anuales.
La ley también prevé deducciones por donativos y otras aportaciones a las Entidades sin fines lucrativos, como ONG, Fundaciones y Asociaciones declaradas de utilidad pública.
Como novedad para este año, se ha mejorado la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Los contribuyentes podrán deducirse el 30% de las cantidades satisfechas por las suscripción de acciones o participaciones en estas empresas, cuando se cumplan determinados requisitos y condiciones, siendo la base máxima de deducción del 60.000 € anuales.
Y recuerda que el equipo de Foro Norte estará encantando de asesorarte en todas aquellas dudas que puedas tener en ésta y otras cuestiones relacionadas con temas fiscales y laborales.
Hola, mi tío tiene 75 años es soltero sin hijos, cobra la pensión mínima contributiva 677€ al mes. En 2004 contrató varias rentas vitalicias inmediatas por 73.000€ en total que le dan intereses mensualmente, ahora quiere cancelarlas y le retendrán lo que no le han retenido antes 4.200€ en total según Liberbank. En la declaración de la renta de 2018 le habían retenido 68€ y se los devolvieron. Si cancela ahora estas rentas vitalicias le devolverán en la próxima declaración lo que le retienen o hay un límite? O podría salirle a pagar? Sería más interesante rescatarlo todo junto o rescatar una parte este año y el resto el año próximo? Los únicos ingresos que tiene son la pensión y los intereses de estas rentas vitalicias.
Gracias.